Nulidad absoluta a negación de prescripción de períodos no solicitados por el contribuyente.

Fecha de Noticia: Agosto 11, 2014

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Por: Carlos Urbina

En el fallo que motiva esta nota el Tribunal Administritivo Tributario declara la nulidad absoluta de un expediente donde el contribuyente solicitó la prescripción del ISR de unos años distintos a los fallados por la DGI.

Antecedentes

El contribuyente otorgó un poder para solicitar la prescripción de los periodos 2006 y 2007. En este expediente el abogado solicita la prescripción por los años 1999 y 2000 (el encabezado del escrito decía para los años 2000 y 2001).

El contribuyente recurre indicando que la DGI se pronunció sobre los años 2006 y 2007, que no
fueron objeto de su solicitud.

Fallos del TAT

El TAT dice que existe una violación al debido proceso cuando la Administración Tributaria se refiere a "periodos no solicitados por el contribuyente".

Agregó el TAT que: "Así las cosas, este Tribunal considera que la Administración Tributaria debió darle oportunidad al contribuyente de aclarar el objeto de su pretensión, antes de pronunciarse sobre periodos que como hemos señalado, no fueron solicitados por el apoderado del contribuyente, máxime cuando existían circunstancias que debían ser subsanadas antes de conocer el fondo de la solicitud, ....."

De esta forma, el TAT, declara nulas esta resoluciones y ordena a la DGI / ANIP subsanar las irregularidades mencionadas.

Momento Fiscal aprecia la limpia redacción de este fallo y los importantes señalamientos realizados por el TAT con relación a los artículos 34, 52, 76 y 201 de la ley 38 de 2000. Esperamos que sea seguido por el TAT y por la DGI en casos similares.

El fallo del TAT se da mediante Resolución No. TAT-NUL-SUB-004 de 7 de mayo de 2014, dentro del expediente No. TAT-105-2012. Esta resolución llega a 3 años y 2 meses de la resolución recurrida.

Vea fallo del TAT en el siguiente link: Fallo TAT-NUL-SUB-004 de 7 de mayo de 2014

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